INTERCOMUNICADORES DE MOTO CAMINO A SU LEGALIZACIÓN

No hace mucho tiempo que abordamos en este blog el tema de la legalidad de los intercomunicadores de moto. Por todos es sabido que este es un tema recurrente en el mundo motero y que todavía no está aclarado del todo. Actualmente el uso de estos dispositivos está prohibido por el Reglamento General de Circulación (RGC). Y así lo establece: “prohibición de conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas”. La sanción prevista es de una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné.

Por otra parte, la RGC en otro apartado del boletín prohíbe: “la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”. En este sentido, existen asociaciones de motociclistas que defienden que los intercomunicadores no pueden considerarse auriculares, sino altavoces que al estar integrados en el casco, funcionan igual que los de los coches. Por tanto, no aíslan del ruido exterior y no interfieren en la seguridad en la conducción.

Hace menos de un mes, se conoció la sentencia de un juzgado de Madrid que ha anulado por falta de pruebas, una sanción interpuesta a un motorista que circulaba con un dispositivo bluetooth en su casco. El agente apuntaba en el boletín de la denuncia lo siguiente: “Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Intercomunicador bluetooth en casco”.El Juzgado de lo Contencioso número 21 de Madrid, ha estimado esta sentencia ya que considera que, aunque el conductor utilizaba este tipo de dispositivo, no se aportan pruebas evidentes del delito. El Juez considera que faltan pruebas acreditadoras, ya que estas sanciones son instantáneas y no son captadas por ningún tipo de cámara como pasa con los radares de velocidad.

Ese tipo de pruebas no fueron presentadas por la Administración, así pues, el Juez estimó que estaba ante un caso claro de indefensión validando el alegatorio del multado y abriendo con esto la puerta al uso de aparatos de esta índole. Indefensión ya que el conductor no puede aportar nada para defenderse, pero sí solicitar pruebas, que nunca se llevaron a cabo. Este hecho, sin duda va a motivar a todos aquellos afectados por haber usado estos dispositivos mientras conducían a recurrir todas las sanciones de este tipo.

Por otro lado, la DGT ya prometió en diciembre del año pasado, que en este 2021 iba a hacer todo lo posible para impulsar una reforma que permita en un futuro la utilización de intercomunicadores para motos. Y hace un par de meses, anunció a través de Twitter que: “El próximo Reglamento General de Circulación incluirá históricas demandas de los motoristas, como la legalización de intercomunicadores o la circulación por el arcén en retenciones".

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INTERCOMUNICADORES DE MOTO CAMINO A SU LEGALIZACIÓN

INTERCOMUNICADORES DE MOTO CAMINO A SU LEGALIZACIÓN

No hace mucho tiempo que abordamos en este blog el tema de la legalidad de los intercomunicadores de moto. Por todos es sabido que este es un tema recurrente en el mundo motero y que todavía no está aclarado del todo. Actualmente el uso de estos dispositivos está prohibido por el Reglamento General de Circulación (RGC). Y así lo establece: “prohibición de conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas”. La sanción prevista es de una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné.

Por otra parte, la RGC en otro apartado del boletín prohíbe: “la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”. En este sentido, existen asociaciones de motociclistas que defienden que los intercomunicadores no pueden considerarse auriculares, sino altavoces que al estar integrados en el casco, funcionan igual que los de los coches. Por tanto, no aíslan del ruido exterior y no interfieren en la seguridad en la conducción.

Hace menos de un mes, se conoció la sentencia de un juzgado de Madrid que ha anulado por falta de pruebas, una sanción interpuesta a un motorista que circulaba con un dispositivo bluetooth en su casco. El agente apuntaba en el boletín de la denuncia lo siguiente: “Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Intercomunicador bluetooth en casco”.El Juzgado de lo Contencioso número 21 de Madrid, ha estimado esta sentencia ya que considera que, aunque el conductor utilizaba este tipo de dispositivo, no se aportan pruebas evidentes del delito. El Juez considera que faltan pruebas acreditadoras, ya que estas sanciones son instantáneas y no son captadas por ningún tipo de cámara como pasa con los radares de velocidad.

Ese tipo de pruebas no fueron presentadas por la Administración, así pues, el Juez estimó que estaba ante un caso claro de indefensión validando el alegatorio del multado y abriendo con esto la puerta al uso de aparatos de esta índole. Indefensión ya que el conductor no puede aportar nada para defenderse, pero sí solicitar pruebas, que nunca se llevaron a cabo. Este hecho, sin duda va a motivar a todos aquellos afectados por haber usado estos dispositivos mientras conducían a recurrir todas las sanciones de este tipo.

Por otro lado, la DGT ya prometió en diciembre del año pasado, que en este 2021 iba a hacer todo lo posible para impulsar una reforma que permita en un futuro la utilización de intercomunicadores para motos. Y hace un par de meses, anunció a través de Twitter que: “El próximo Reglamento General de Circulación incluirá históricas demandas de los motoristas, como la legalización de intercomunicadores o la circulación por el arcén en retenciones".

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