OBLIGACIONES DE TU MOTO EN EL GARAJE

Después de un mes de estado de alarma en España por la crisis del COVID-19, las dudas empiezan a amontonarse en la cabeza, también para quienes se han visto obligados a recluirse en casa y tienen una moto parada sin poder usarla.

La desescalada aún no ha comenzado, seguimos en cuarentena, y aunque se comienzan a levantar restricciones para ciertos trabajos y actividades, todavía hay muchos españoles, que tienen su motocicleta como medio de transporte, y que no pueden utilizarla.

Las extraordinarias circunstancias del confinamiento han hecho que la situación, especialmente la laboral, haya cambiado para muchos. Algunos han visto mermada notablemente su poder adquisitivo por causas de reducción de jornadas, cierres de negocios, ERTES, despidos... De ahí que haya quien, para recortar gasto, incluso se esté planteando dar de baja su seguro en vistas de que no podrán usar su moto en un tiempo.

En este post trataremos de despejar dudas y ayudarte a tomar la mejor decisión en estos convulsos tiempos de coronavirus.

En primer lugar, hay que recalcar que la decisión de anular el seguro, aunque no vayas a usar la moto durante un tiempo y duerma en garaje, no es una buena opción. Ya que incluso parada, tu moto podría provocar un percance, como volcarse encima de alguien por una racha de viento o incluso ser causa de un incendio por una avería eléctrica interna o una fuga de gasolina, y, obviamente, sería tu responsabilidad.

Según la legislación española, todos los vehículos, incluidas las motos, da igual que vayan a ser utilizados o no, están obligados a tener un seguro de responsabilidad civil. Lo que implica que cada titular de un vehículo debe mantener en vigor una póliza mínima con una aseguradora.

La razón es clara: cubrir las espaldas del propietario en caso de accidente, aunque el vehículo no esté en activo. De no ser así, el titular debe hacerse cargo tanto de los daños a terceros como a la inmovilización en el depósito del vehículo durante un mes y su posterior retirada, acreditando, eso sí, que ya cuenta con un seguro en vigor.

Además, ojo con las multas, que no son ninguna broma. Se trata de un delito y como tal, debes considerarlo seriamente. De no contar con el seguro obligatorio en vigor, los ‘regalitos’ que pueden caer no son nada despreciables: desde los 600 a los 3.000€, dependiendo de circunstancias como el tipo de vehículo, si estaba circulando o el tiempo que llevaba sin un seguro.

Actualmente, la DGT cuenta ya con sistemas de reconocimiento automático con cámaras, que les permiten leer matrículas y cotejar en las bases de datos si cuenta con el seguro pertinente, así que no te la juegues.

Sí es verdad que, a tenor de estas circunstancias excepcionales de estado de alarma, algunas compañías aseguradoras están agregando extensiones a sus pólizas, que incluyen promociones para evitar bajas, por las que se congela el seguro, pero no es lo común. 

Otra de las dudas que puedes plantearte como propietario de una motocicleta en esta época de cuarentena se refiere al mantenimiento del vehículo y a la ITV. Si no voy a usar mi moto durante un largo tiempo, ¿puedo tener caducada la ITV? La Inspección Técnica de Vehículos dictamina si un vehículo matriculado está apto para circular, no importa si no se usa, de modo que hay que tenerla en regla siempre, según recoge el Reglamento General de Circulación. En caso de estar caducada, la multa correspondiente es de 200€.

La única manera de evitar tener que pagar la póliza de una moto que no se usa y no tener la obligación de llevar la ITV al día es dando de baja de forma temporal a nuestro vehículo en la Jefatura de Tráfico. Para ello, necesitamos presentar el impreso oficial correspondiente, junto con toda la documentación requerida: DNI, permiso de circulación y tarjeta ITV. Se trata de un trámite sencillo y económico -cuesta alrededor de 8€-.

La documentación del vehículo, salvo la fecha técnica, permanecerá en poder de la DGT hasta que vuelvas a darla de alta. Eso sí, mientras esté de baja temporal la moto no podrá permanecer estacionada en la calle, sino que tendrá que estar en un garaje, ya sea individual o colectivo. Ten en cuenta también que, cuando quieras volver a darle de alta, te pedirán 90€ por el trámite, o 25€ si se trata de un ciclomotor.

El último tema que nos queda pendiente es el Impuesto de Circulación, es decir, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, cuyo pago es anual y cuya cuantía depende de cada ayuntamiento. Al igual que sucede con el pago del seguro y con la ITV, esto también hay que llevarlo al día, aunque la moto esté parada o en desuso. Si bien, en el caso de que optes por darle la baja temporal, es posible solicitar al ayuntamiento la devolución de la parte proporcional de dicho impuesto.

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OBLIGACIONES DE TU MOTO EN EL GARAJE

OBLIGACIONES DE TU MOTO EN EL GARAJE

Después de un mes de estado de alarma en España por la crisis del COVID-19, las dudas empiezan a amontonarse en la cabeza, también para quienes se han visto obligados a recluirse en casa y tienen una moto parada sin poder usarla.

La desescalada aún no ha comenzado, seguimos en cuarentena, y aunque se comienzan a levantar restricciones para ciertos trabajos y actividades, todavía hay muchos españoles, que tienen su motocicleta como medio de transporte, y que no pueden utilizarla.

Las extraordinarias circunstancias del confinamiento han hecho que la situación, especialmente la laboral, haya cambiado para muchos. Algunos han visto mermada notablemente su poder adquisitivo por causas de reducción de jornadas, cierres de negocios, ERTES, despidos... De ahí que haya quien, para recortar gasto, incluso se esté planteando dar de baja su seguro en vistas de que no podrán usar su moto en un tiempo.

En este post trataremos de despejar dudas y ayudarte a tomar la mejor decisión en estos convulsos tiempos de coronavirus.

En primer lugar, hay que recalcar que la decisión de anular el seguro, aunque no vayas a usar la moto durante un tiempo y duerma en garaje, no es una buena opción. Ya que incluso parada, tu moto podría provocar un percance, como volcarse encima de alguien por una racha de viento o incluso ser causa de un incendio por una avería eléctrica interna o una fuga de gasolina, y, obviamente, sería tu responsabilidad.

Según la legislación española, todos los vehículos, incluidas las motos, da igual que vayan a ser utilizados o no, están obligados a tener un seguro de responsabilidad civil. Lo que implica que cada titular de un vehículo debe mantener en vigor una póliza mínima con una aseguradora.

La razón es clara: cubrir las espaldas del propietario en caso de accidente, aunque el vehículo no esté en activo. De no ser así, el titular debe hacerse cargo tanto de los daños a terceros como a la inmovilización en el depósito del vehículo durante un mes y su posterior retirada, acreditando, eso sí, que ya cuenta con un seguro en vigor.

Además, ojo con las multas, que no son ninguna broma. Se trata de un delito y como tal, debes considerarlo seriamente. De no contar con el seguro obligatorio en vigor, los ‘regalitos’ que pueden caer no son nada despreciables: desde los 600 a los 3.000€, dependiendo de circunstancias como el tipo de vehículo, si estaba circulando o el tiempo que llevaba sin un seguro.

Actualmente, la DGT cuenta ya con sistemas de reconocimiento automático con cámaras, que les permiten leer matrículas y cotejar en las bases de datos si cuenta con el seguro pertinente, así que no te la juegues.

Sí es verdad que, a tenor de estas circunstancias excepcionales de estado de alarma, algunas compañías aseguradoras están agregando extensiones a sus pólizas, que incluyen promociones para evitar bajas, por las que se congela el seguro, pero no es lo común. 

Otra de las dudas que puedes plantearte como propietario de una motocicleta en esta época de cuarentena se refiere al mantenimiento del vehículo y a la ITV. Si no voy a usar mi moto durante un largo tiempo, ¿puedo tener caducada la ITV? La Inspección Técnica de Vehículos dictamina si un vehículo matriculado está apto para circular, no importa si no se usa, de modo que hay que tenerla en regla siempre, según recoge el Reglamento General de Circulación. En caso de estar caducada, la multa correspondiente es de 200€.

La única manera de evitar tener que pagar la póliza de una moto que no se usa y no tener la obligación de llevar la ITV al día es dando de baja de forma temporal a nuestro vehículo en la Jefatura de Tráfico. Para ello, necesitamos presentar el impreso oficial correspondiente, junto con toda la documentación requerida: DNI, permiso de circulación y tarjeta ITV. Se trata de un trámite sencillo y económico -cuesta alrededor de 8€-.

La documentación del vehículo, salvo la fecha técnica, permanecerá en poder de la DGT hasta que vuelvas a darla de alta. Eso sí, mientras esté de baja temporal la moto no podrá permanecer estacionada en la calle, sino que tendrá que estar en un garaje, ya sea individual o colectivo. Ten en cuenta también que, cuando quieras volver a darle de alta, te pedirán 90€ por el trámite, o 25€ si se trata de un ciclomotor.

El último tema que nos queda pendiente es el Impuesto de Circulación, es decir, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, cuyo pago es anual y cuya cuantía depende de cada ayuntamiento. Al igual que sucede con el pago del seguro y con la ITV, esto también hay que llevarlo al día, aunque la moto esté parada o en desuso. Si bien, en el caso de que optes por darle la baja temporal, es posible solicitar al ayuntamiento la devolución de la parte proporcional de dicho impuesto.

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